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Lo que dice la DIAN de las criptomonedas en Colombia

Ciertamente, la falta de una normativa clara ha llevado a que el manejo que las personas naturales o jurídicas le dan a estos activos se encuentre en un área gris en términos jurídicos. Por ello debes conocer que dice la DIAN de las criptomonedas en Colombia.

Como se conoce, por años entidades del estado han realizado diversos esfuerzos en pro de la regulación activa de los mercados digitales.

Esto es lo que dice la DIAN de las criptomonedas en Colombia

Ciertamente, en Colombia, entidades como la DIAN han logrado dar luces sobre el manejo que se debe tener sobre los tokens. En primer lugar, es importante abordar dos operaciones.

Una es la actividad de minería frente a las criptomonedas, que es un servicio necesario para el funcionamiento de la red, en cuyo caso es una servicio común y corriente, cuyo ingreso está gravado con el impuesto sobre la renta en la vigencia que este se genere.

La segunda operación es la compra y venta de las criptomonedas, que la DIAN ha reconocido que, si bien no es un medio de pago reconocido legalmente en el país, pueden ser catalogarlas como un activo intangible.

Este debe ser incluido dentro del patrimonio de los contribuyentes, y sobre el cual se debe reconocer el respectivo ingreso en caso de enajenación, el cual será gravado bien sea con el impuesto sobre la renta o con ganancia ocasional, según el caso.

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Lo que reconoce la DIAN

La DIAN reconoce como ingresos de fuente nacional los provenientes de la explotación de bienes materiales o inmateriales ubicados en el país.

Por esta razón, las operaciones de explotación o enajenación de las criptomonedas configuran un ingreso de fuente nacional gravado con el impuesto sobre la renta o ganancia ocasional, según el caso, teniendo el contribuyente la obligación de declarar y pagar el correspondiente impuesto.

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